La Cámara Contencioso Administrativa de Tercera Nominación declaró (en un juicio de Amparo patrocinado por este estudio) la inaplicabilidad por inconstitucionalidad del art. 35 de la ley 10694 de reforma jubilatoria que estableció un recorte de 20 % sobre los haberes de pensión ordenando no aplicarlo en lo sucesivo y la restitución de lo retenido.